Tal y como comentamos en la
reunión de presentación del viaje, os hemos preparado un documento explicativo
sobre la necesidad de obtener una Autorización de Viaje para Menores que no
viajan con sus padres.
Os recomendamos la impresión
del documento adjunto para que lo llevéis con vosotros el día que os acerquéis
a una Comisaría de la Policía Nacional o Cuartel de la Guardia Civil, de cara a
presentarlo en caso de reticencia por parte del funcionario que os atienda.
Es cierto que hay una cierta
controversia por el hecho de que, al requerirse autorización expresa por parte
de ambos progenitores para la obtención de un pasaporte para un menor, muchos
funcionarios interpretan (en ocasiones, con refrendo de sus superiores) que, al tener pasaporte, los
padres autorizan a viajar al extranjero a su hijo menor de edad. Y no es así. El
tener un pasaporte no faculta al menor a viajar al extranjero, si no hay una
autorización expresa por parte de los padres.
Podéis encontrar el documento
aquí.
**RECORDAD QUE LA AUTORIZACIÓN
DE VIAJE TIENE UNA VALIDEZ DE UN MES, POR LO QUE NO LA HAGÁIS ANTES DE LA
SEMANA DEL 18/12. OS FACILITAREMOS CON ANTELACIÓN SUFICIENTE LOS DATOS DE LOS
ACOMPAÑANTES, QUE DEBEN REFLEJARSE EN DICHA AUTORIZACIÓN DE VIAJE**
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